Se publicó en el Boletín Oficial la Res. 1/2019 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil (B0 28/02/19) mediante la cual se adelantó al 01 de marzo de 2019 el valor que debía empezar a regir a partir del mes de junio del corriente año. Señalamos los principales aspectos que deberán tenerse en cuenta: |
Nuevos importes:
Trabajadores beneficiados: todos los trabajadores comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.744, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador. |