Se publicó la Res. 09/24 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil con los nuevos valores del Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), conforme el siguiente cronograma:
• A partir del 1° de Abril de 2024: la suma de $ 221.052, para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $ 1105,26 por hora, para los trabajadores jornalizados.
• A partir del 1° de mayo de 2024: la suma de $ 234.315,12 para todos los trabajadores mensualizados que cumplen la jornada legal completa de trabajo y $ 1171,58 por hora, para los trabajadores jornalizados.
• Trabajadores beneficiados: todos los trabajadores comprendidos en la LCT, Trabajo Agrario, de la Administración Pública Nacional y de todas las entidades y organismos en que el Estado Nacional actúe como empleador.
Problemas habituales:
Comparación entre el sueldo y el SMVM: para saber si el trabajador devengó una suma que supere el SMVM se compara la suma de los importes salariales brutos devengadas en el mes por cualquier concepto (básico, adicionales de convenio, voluntarios de empresa, a cuenta de futuros aumentos, etc.) con el importe del SMVM fijado para el mes en cuestión.
Conceptos que no se tienen en cuenta para la comparación: no se tienen en cuenta los siguientes conceptos: (i) horas extra devengadas durante el mes, (ii) asignaciones familiares, (iii) beneficios sociales y (iv) las sumas no remunerativas fijadas en numerosos convenios colectivos. En este último punto habrá que estar a las reglas que hubiere fijado cada negociación colectiva.