18/10/2017
FERIADOS – DIAS NO LABORABLES – FINES DE SEMANA LARGOS

Se publicó La Ley27.399 (B.O. 18/10/17) con el nuevo régimen de feriados y días no laborables que se aplica en todo el territorio de la República Argentina, conforme a las siguientes pautas:

Feriados inamovibles:

  • 1 de enero: Año Nuevo.
  • Lunes y martes de Carnaval.
  • 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia.
  • Viernes Santo.
  • 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas.
  • 1 de mayo: Día del Trabajo.
  • 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo.
  • 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano.
  • 9 de julio: Día de la Independencia.
  • 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María.
  • 25 de diciembre: Navidad.

Feriados trasladables:

  • 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes.
  • 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín.
  • 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural.
  • 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional.

Días no laborables:

  • Religión Católica: Jueves Santo.
  • Religión Judía: Año Nuevo Judío (Rosh Hashaná), dos (2) días; Día del Perdón (Iom Kipur), un (1) día y Pascua Judía (Pésaj) los dos (2) primeros días y los dos (2) últimos días.
  • Religión Islámica: Año Nuevo Musulmán (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Eid Al-Fitr) y Fiesta del Sacrificio (Eid Al-Adha).

Fines de semana largos:

  • Los feriados trasladables que coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior.
  • Los feriados trasladables que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.
  • El Poder Ejecutivo Nacional podrá fijar por año hasta tres (3) días -feriados o días no laborables- los que deberán coincidir con los días lunes o viernes.