05/02/2021
RES. 54/2021. ENTRADA EN VIGENCIA PLENA DE LA LEY DE TELETRABAJO 27.555.

Finalmente el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, mediante Res. 54/2021, determinó que el régimen legal del Teletrabajo (ley 27.555) entrará en vigencia a partir del 1 de abril del 2021.

Recordamos que la norma estaba sujeta a reglamentación, y que en fecha 20/01/21 se ha publicado el Dto. 27/2021 en el B.O. que establece una reglamentación PARCIAL de la ley en cuestión (ver nuestro AMZ INFORMA N 85/20). La aplicación formal y obligatoria de la norma estaba pendiente de otra Resolución de EL MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, que debía fijar la fecha de inicio del cómputo de los NOVENTA (90) días indicados en el artículo 19 de la Ley Nº27.555. Esta Resolución 54/2021 viene a cerrar el círculo y hacer efectiva la aplicación de la ley a partir del 1 de abril del 2021, más allá que aún existen algunos artículos de la norma sin reglamentar que deberían en algún momento reglamentarse.