07/06/2020
SE PRORROGAN LOS ALCANCES DE LAS SUSPENSIONES 223 bis DEL PERSONAL DE CONVENIO EN LOS TÉRMINOS DEL DNU 397/20

El PEN, en el uso de las facultades conferidas por la Ley de Ministerios y el art. 11 del Dto. 297/20, por medio de la Res. 475/20, prorroga los términos de la Res. 397/20 para los meses de junio y julio 2020.

Recordamos que aquella resolución 397 (ver AMZ 34/20 -descripción del acuerdo- y 35/20 – descripción Resolución), estableció las pautas de los términos de las suspensiones basadas en el artículo 223 bis en relación al personal de convenio y a los distintos formatos que la misma resolución determina, basada en un acuerdo previo entre la UIA, la CGT y el mismo gobierno representado en aquella oportunidad por los Ministerios de Producción y de Trabajo. En éste caso, el jueves pasado las dos primeras entidades mencionadas fijaron un nuevo acuerdo, que es receptado nuevamente por el gobierno, estableciendo así la mencionada prórroga EN LOS MISMOS TÉRMINOS QUE SE OTORGARON EN LA RESOLUCION QUE SE PROLONGA POR 60 DÍAS MAS.