28/12/2020
NO APLICA DISPENSA PARA ADULTOS A CARGO DE MENORES DESDE EL 01/01/2020 MIENTRAS DURE EL RECESO ESCOLAR

Informamos que, si bien había quedado implícito tal como informamos en nuestro AMZ 83/20 de fecha 21/12/2020 al comentar las nuevas disposiciones generadas por la prórroga del DISPO establecidas en el DNU 1033/2020, se ha publicado la Res. 1103 del MTEySS una aclaración formal en la que se puntualiza que la dispensa para adultos a cargo de menores escolarizados (art. 3 de la Res. MTEySS 207/2020), no aplicará desde el 1 de enero del 2021 y hasta tanto dure el receso escolar.

No se comprende muy bien la lógica de la medida, ya que nada ha cambiado respecto de la situación anterior: los chicos no iban al colegio porque estaban suspendidas las clases, y ahora no van al colegio porque terminaron las clases. Tampoco se comprende porque esta situación rige a partir del 1/1/2020, ya que las clases terminaron mucho antes en la mayoría de los distritos.

En función del texto de la Resolución, si bien la norma prevé un reinicio automático de la dispensa a partir que termine el receso escolar, entendemos que si las clases se reinician normalmente, siguiendo la “lógica” de ésta normativa, la autorización para no concurrir al trabajo por este motivo dejaría de ser aplicable.

Habrá que esperar que medidas se adoptarán una vez que reinicie el ciclo lectivo de acuerdo con las distintas modalidades que se dispongan en las distintas jurisdicciones.

Los mantendremos informados de la evolución de ésta cuestión.